Hasta 12.000€ en ayudas para transformación digital e innovación de tu .
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
¿En qué consiste el Kit Digital?
El Kit Digital es un paquete de 3.067 millones de euros en subvenciones para la implantación de soluciones digitales en el mercado empresarial gracias a los fondos europeos “Next Generation EU” dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
¿Cómo se solicita?
Somos Agentes digitalizadores, en Human First nos encargamos de todo para que solo tengas que preocuparte de tu negocio. Saca el máximo partido a las soluciones tecnológicas implementadas.
Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de digitalización.
El importe máximo se detalla en la tabla a continuación, y dependerá del tamaño de tu empresa.
Catálogo de Soluciones de Digitalización
Te ayudamos a elegir las soluciones del Kit Digital que se mejor se adaptan a tus necesidades de digitalización y estamos contigo durante todo el proceso para sacar el máximo partido a las soluciones tecnológicas implementadas.
FAQ — Preguntas Frecuentes
- No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.o 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.o 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, tal y como se recoge en el Anexo II de las Bases Reguladoras. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
- No superar el límite de ayudas de minimis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/).
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