Plan de transformación digital

Hasta 12.000€ en ayudas para transformación digital e innovación de tu .

Kit Digital
PROGRAMA KIT DIGITAL COFINANCIADO POR LOS FONDOS NEXT GENERATION (EU) DEL MECANISMO DE RECUPERACIÓNY RESILENCIA

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.

¿En qué consiste el Kit Digital?

El Kit Digital es un paquete de 3.067 millones de euros en subvenciones para la implantación de soluciones digitales en el mercado empresarial gracias a los fondos europeos “Next Generation EU” dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.

¿Cómo se solicita?

Somos Agentes digitalizadores, en Human First nos encargamos de todo para que solo tengas que preocuparte de tu negocio. Saca el máximo partido a las soluciones tecnológicas implementadas.

Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de digitalización.

El importe máximo se detalla en la tabla a continuación, y dependerá del tamaño de tu empresa.

Tu empresa se puede beneficiar también

Catálogo de Soluciones de Digitalización

Te ayudamos a elegir las soluciones del Kit Digital que se mejor se adaptan a tus necesidades de digitalización y estamos contigo durante todo el proceso para sacar el máximo partido a las soluciones tecnológicas implementadas.

Sitio web y presencia en Internet

Hasta 2.000€

Comercio electrónico

Hasta 2.000€

Gestión de redes sociales

Hasta 2.500€

Gestión de clientes

Hasta 4.000€

BI y analítica

Hasta 4.000€

Servicios de oficina virtual

Hasta 12.000€

Gestión de procesos

Hasta 6.000€

Factura electrónica

Hasta 2.000€

Comunicaciones seguras

Hasta 6.000€

Ciberseguridad

Hasta 6.000€

Presencia Avanzada en Internet

Hasta 2.000€

Marketplace

Hasta 2.000€

FAQ — Preguntas Frecuentes

Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses, tal y como dispone el artículo 8.1. b) de las Bases Reguladoras. Además, los beneficiarios deberán cumplir el resto de los requisitos establecidos en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.o 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.o 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, tal y como se recoge en el Anexo II de las Bases Reguladoras. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
  • No superar el límite de ayudas de minimis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/).
Tal y como se establece en las Bases Reguladoras, la Orden tiene por objeto desplegar un programa de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo de todos los sectores productivos con impacto en todo el territorio nacional.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 12.000 euros, al estar dirigidas únicamente al Segmento I.

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